Incorporación de Sociedades

 Requisitos generales para la incorporación de sociedades:

*Anexo A: para accionistas extranjeros y/o menores de edad.

*Anexo B: para sociedades extranjeras que figuren como accionistas.

*Anexo C: para aportes en naturaleza

*Anexo D: ¡Nuevo! Para identificar al beneficiario final.

*Debe ser completado de manera obligatoria. *

Para identificar el Beneficiario Final, según aplique:

Beneficiario Final por Control Accionario: se conoce como la(s) persona(s) física(s) que ejerce(n) el control efectivo final sobre una Persona Jurídica o tenga(n) como mínimo el 20% de capital de la persona jurídica.

Beneficiario Final por Control Efectivo: se conoce como la(s) Persona(s) Física(s) que sin perjuicio de poseer directa o indirectamente una participación inferior al 20% en la sociedad o a través de una cadena de control ejerza el control efectivo de sociedad o entidad jurídica declarante.

Información importante:

Para Incorporación de Sociedades Todos los documentos legales y financieros deben estar registrados y sellados por la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.

Para sociedades comerciales con aporte en naturaleza de bienes sujeto a registro debe anexarse el informe del comisario de aportes y la copia de certificado de título (inmueble) o copia matricula (vehículo).

En casos de solicitud de RNC con aporte en Naturaleza de bienes no sujeto a registro, se especificará el tipo de bien aportado en el anverso del formulario RC-02, bajo el apartado TIPO DE BIEN APORTADO.  – Incorporación de Sociedades –

 

Guia del Contribuyente
Página Web de la DGII : www.dgii.gob.do

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