Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
Registro Nacional de Contribuyentes Es un número que sirve como código de identificación de los contribuyentes en sus actividades fiscales y como control de la administración para dar seguimiento al cumplimiento de los deberes y derechos de estos.
El RNC surge con el fin de establecer una numeración común para la liquidación y pago de los diferentes impuestos, contribuciones y tasas.
- ¿Quiénes deben inscribirse en el RNC?
Están obligados a inscribirse en calidad de contribuyente o responsables:
- Las personas físicas (profesionales y personas que prestan servicios de manera independiente o que reciban múltiples salarios).
- Las personas jurídicas (compañías legalmente constituidas, sociedades extranjeras, instituciones sin fines de lucro, sociedades con personería jurídica en virtud de leyes especiales).
- Sucesiones indivisas y extranjeros sin cedula de identidad que realicen actividades comerciales o presten servicios en territorio dominicano.
- ¿Dónde debe aparecer el Registro Nacional de Contribuyentes o RNC?
El número de RNC debe aparecer de manera visible y claramente identificable en todos los documentos impresos que el contribuyente utilice en sus operaciones, tales como:
- Papeles con membrete
- Comprobantes fiscales
- Órdenes de compra o pedidos, entre otros
Nota: Los comprobantes fiscales que sustenten gastos y que no tengan impreso el número de RNC, no podrán ser utilizados como deducibles de ISR, ni como adelanto del ITBIS en compras locales y servicios. – Registro Nacional de Contribuyentes –
- ¿Deben actualizarse los datos del Registro Nacional de Contribuyentes o RNC?
Se debe notificar a la DGII cualquier cambio realizado con respecto a los datos suministrados al momento del llenado del formulario de inscripción, para su actualización.
Esta notificación de solicitud de cambio puede ser realizada en el Centro de Atención al Contribuyente en la Oficina Principal de la DGII, o en la Administración Local que corresponda al contribuyente, utilizando el formulario RC-01 para personas físicas y el RC-02 para personas jurídicas (anexos si es necesario).
Nota: Para los casos de realizar otra modificaciones al RNC para compañías (fusión, aumento de capital), deberá cumplir previamente con los requisitos establecidos por la DGII.
Guia del Contribuyente
Página Web de la DGII : www.dgii.gob.do