Impuestos sobre la Propiedad Inmobiliaria Vivienda Suntuaria y Solares urbanos no edificados (IPI/IVSS).

Propiedad Inmobiliaria Vivienda Suntuaria Es un impuesto anual que se aplica sobre el patrimonio inmobiliario de las personas físicas y de los fideicomisos.

¿Qué grava este impuesto? Este impuesto grava el total del patrimonio de los fideicomisos y en el caso de las personas físicas, grava el total del patrimonio superior a siete millones cuatrocientos treinta y ocho mil ciento noventa y siete ($RD 7,438,197.00), conformado por:

Nota:

¿Hay Alguna exención para el pago del impuesto sobre la Propiedad Inmobiliaria Vivienda Suntuaria ? Si. Están exentos del pago de este impuesto los inmuebles:

Nota:

¿Qué hacer para registrar un inmueble?

Para registrar su inmueble debe presentarse directamente a la Administración Local (oficina de impuestos internos) que corresponda a la jurisdicción del inmueble, con los documentos siguientes:

Guia del Contribuyente
Página Web de la DGII : www.dgii.gob.do

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