Impuesto Selectivo al Consumo (ISC).
Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) es el impuesto que grava las Transferencias de algunos bienes de producción nacional a nivel de fabricación, así como su importación; prestación o locación de algunos servicios.
¿Qué Grava este impuesto?
Este impuesto grava los siguientes productos y servicios:
- Productos del alcohol
- Productos del tabaco
- Servicios de telecomunicaciones
- Seguros en general
- Hidrocarburos
- Operaciones financieras
- Otros bienes establecidos en la Ley No. 11-92
¿Quiénes deben declarar y pagar el impuesto Selectivo al Consumo?
- Las empresas que produzcan o fabriquen los bienes gravados por este impuesto.
- Los importadores de bienes gravados por ese impuesto.
- Los prestadores o locadores de servicios gravados por este impuesto
Nota: Para los productos del alcohol y el tabaco deben solicitar una licencia oficial a impuestos internos, para producir e importar dichos productos.
¿Hay alguna exención para el pago de este impuesto?
Si, están exentos del pago de este impuesto los siguientes bienes y servicios:
Bienes:
- Importaciones: Las importaciones bajo el régimen de admisión temporal y otras establecidas en el Art. 366 de ley No. 11-92
- Exportaciones: Todas las exportaciones de bienes gravados por este impuestos.
- Hidrocarburos: Aquellos destinados a la producción de energía eléctrica
Servicios:
- Operaciones Financieras: Retiro de efectivo, consumo tarjetas de crédito, pagos a la Seguridad Social y fondo de pensiones, pago de impuesto y transferencia de estos por el estado, transferencia realizadas por el banco central, transferencias entre cuentas de la misma persona.
- Servicio de Seguros: Seguros obligatorios contemplados en ley No. 87-01 de Sistema Dominicano de Seguridad social, pólizas para garantizar actividades agropecuarias de empresas de este sector.
Guia del Contribuyente
Página Web de la DGII : www.dgii.gob.do