Impuesto a la Transferencia Electrónica.

Impuesto a la Transferencia Electrónica : Es un impuesto que se aplica sobre el valor de los cheques de cualquier naturaleza pagados por las entidades de intermediación financiera, sobre los pagos realizados a través de transferencias electrónicas, y sobre las transferencias por concepto de pago a la cuenta de terceros en un mismo banco.

 

¿Qué Grava este impuesto?

 

¿Quiénes deben pagar este impuesto?

Las personas físicas o jurídicas que emitan cheques o que ordenen pagos mediante transferencia electrónica.

 

¿Quiénes deben retener este impuesto?

Se ha establecido como agentes de retención de este impuesto:

  1. Todas las entidades de intermediación financiera.
  2. Cualquier entidad jurídica autorizada a realizar pagos a través de transferencias electrónicas.

Nota: El incumplimiento del deber de retener este impuesto hace responsable solidario al Agente de retención, pasible de la sanción por la infracción de mora cometida.

 

¿Cuál es la tasa a pagar?

Este impuesto se pagará con una tasa de 1.5 por mil (RD $0.0015 por cada peso) sobre el valor de los cheques de cualquier naturaleza y de los pagos realizados a través de transferencias electrónicas.

 

Recargos e intereses

Si realiza el pago después de la fecha límite, se le aplicara un 10% de recargo por mora sobre el valor del impuesto a pagar, por el primer mes o fracción de mes, un 4% progresivo e indefinido por cada mes o fracción de mes subsiguiente; así como un 1.10% acumulativo de interés indemnizando por cada mes o fracción de mes sobre el monto a pagar.

 

Guia del Contribuyente
Página Web de la DGII : www.dgii.gob.do

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